Contratos

Contratos en prácticas: requisitos y características

A día de hoy podemos diferenciar entre cuatro modelos de contrato de acuerdo con la iniciativa del Ministerio de Trabajo: temporal, indefinido, en prácticas y de formación y aprendizaje. Hoy nos vamos a centrar en los contratos de prácticas. Esta modalidad de contrato es la más empleada por las empresas para contratar jóvenes recién titulados, puesto que las empresas pueden salir beneficiadas de esta situación. La explicación es que la conversión de un contrato de prácticas en uno indefinido, a tiempo parcial o completo, tendrá derecho a una bonificación de 500 euros al año durante tres años. Si el contrato ha sido realizado a una mujer la bonificación alcanzará los 700 euros por año. Sin embargo, no todas las empresas podrán aprovecharse de esto, sino solo aquellas con menos de 50 trabajadores en el momento de contratación.

¿Qué es un contrato en prácticas?

Antes de saber exactamente qué es un contrato en prácticas debemos evitar confundirlo con un convenio de prácticas. El convenio se establece con cualquier universidad y puede ser remunerado o no. Sin embargo, el contrato en prácticas es aquel cuyo objetivo es que el trabajador adquiera la práctica profesional adecuada a su nivel de estudios. Por lo tanto, este tipo de contrato no solo sirve para adquirir experiencia, sino que también está destinado a que esa experiencia sirva de actuación sobre los estudios que se han cursado. Además, de acuerdo al convenio colectivo, el contrato en prácticas no podrá ser inferior al 60% o al 75% del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe un puesto de trabajo similar. En caso de que el contrato sea de carácter parcial, la cantidad de sueldo verá una reducción proporcional en función del tiempo pactado.

Contrato en prácticas: requisitos

El contrato de prácticas presenta una serie de requisitos que tanto la empresa como la persona que va a ser contratada deberá cumplir para poder acceder a él:

  • No se permitirá contratar a alguien que ya haya estado previamente en la empresa con un contrato de prácticas.
  • No hayan transcurrido más de cinco o siete años desde la obtención del título, cuando el contrato se concierte con un trabajador que posea discapacidad. Y tampoco pueden haber transcurrido más de cinco años desde la obtención del título para personas mayores de 30 años.
  • Estar en posesión de un título universitario, grado medio o superior o de formación profesional que permita desempeñar las funciones que se exigen en el contrato ofrecido.

Todos y cada uno de estos requisitos quedan regulados por la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional.

Características del contrato en prácticas

Un contrato de prácticas se debe formalizar por escrito y en él debe quedar reflejada la titulación del trabajador, la duración del contrato, el puesto de trabajo que ocupará y las horas de trabajo a desempeñar. Además, el alta de este contrato deberá comunicarse al Servicio Público de Empleo Estatal en un plazo máximo de los diez días posteriores a su concertación.

También existen una serie de requisitos que hacen referencia al tiempo de duración mínimo y máximo que se puede extender esta modalidad de contrato. Es de obligado cumplimiento que la duración mínima sea de más de seis meses y como máximo de dos años. Existe la posibilidad de realizar dos prórrogas, siempre y cuando, la suma total de estas y del contrato inicial no supere los dos años. Además, solo se podrá estar como máximo dos años con un contrato de prácticas en la misma empresa.

Como en todo contrato, en esta modalidad también existe la posibilidad de establecer un periodo de prueba. Este no podrá exceder de más de un mes para trabajadores con una titulación de grado medio o certificado de profesionalidad de nivel 1 o 2. Y más de dos meses en caso de tener un grado superior o certificado de profesionalidad 3. 

En cuanto al salario, este no podrá ser inferior al establecido por ley como Salario Mínimo Interprofesional, en el caso de los contratos a jornada parcial este se verá reducido a la parte proporcional.

Una vez haya finalizado el contrato, el empresario está en la obligación de expedir para el trabajador un certificado en el que conste la duración que ha tenido el contrato, el puesto que se ha ocupado y las principales tareas realizadas.

No hay que olvidarse de que a la hora de formalizar un contrato en prácticas con un trabajador que posea alguna discapacidad, este se deberá de formalizar en cuadruplicado. Al contrato, además, deberá acompañarle la solicitud de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, así como el certificado de discapacidad.

También cabe la posibilidad de que un trabajador sea contratado a distancia y esto deberá quedar fijado en el lugar en el que se realice la prestación.

¿Cuánto dura un contrato en prácticas?

En un contrato de prácticas tenemos inicialmente un periodo de uno o dos meses de prueba, en función del tipo de titulación que tenga cada persona. La duración mínima de un contrato de prácticas debe ser de seis meses y dos años como máximo. Es posible realizar dos prórrogas, es decir, si en un inicio la empresa realiza un contrato de seis meses y posteriormente está interesada en que el trabajador renueve, podría realizarlo, pero entonces solo quedaría la posibilidad de una prórroga más. El contrato de prácticas también podría pasar a indefinido y que por ello la empresa recibiera durante tres años una bonificación. Es un privilegio del que solo se pueden aprovechar empresas con menos de 50 trabajadores. Además, si la persona contratada es una mujer, la bonificación será de 700 euros por año y de 500 euros en el caso de si es un varón.

¿Cuál es el salario mínimo de un contrato en prácticas?

Para saber qué cantidad de salario le corresponde a un trabajador por contrato de prácticas es necesario consultar la siguiente normativa:

  • En primer lugar, según el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, la retribución que debe percibir el trabajador será la fijada de acuerdo con el convenio de esta modalidad. Sin embargo, nunca podrá ser inferior al 60% o 75% sobre la cantidad que cobre un trabajador de una modalidad similar.
  • La cantidad nunca podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional, establecido actualmente en 950 euros mensuales.

Diferencias entre contrato en prácticas y contrato para la formación y el aprendizaje

Las dos modalidades de contrato más utilizadas por las empresas a la hora de contratar jóvenes menores de 30 años son: contrato en prácticas y contrato de formación.

En primer lugar, como hemos mencionado anteriormente, el contrato en prácticas está destinado para aquellas personas que posean algún tipo de titulo formativo. Sin embargo, el contrato de formación es precisamente para aquellas personas que no presentan una formación oficial relacionada con el puesto. Será a través de este contrato cuando el trabajador consiga la formación. 

La edad en este tipo de contratos es también un factor diferenciador, puesto que el contrato de formación solo lo podrán tener jóvenes de entre 16 y 25 años, mientras que el contrato en prácticas se puede tener a cualquier edad cumpliendo una serie de requisitos.

Por otra parte, la duración de uno y otro también es diferente. En el caso del contrato de prácticas existe un mínimo de seis meses y un máximo de dos años. Por el contrario, el contrato de formación como mínimo debe ser de un año y como máximo de tres años. También se pueden detectar otras diferencias en relación con la jornada de trabajo y al salario del contrato. En el caso del contrato de prácticas el salario no podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional y, además, la jornada podrá ser tanto completa como parcial. En el caso del contrato de formación el salario no podrá ser inferior al 75% sobre el SMI, durante el primer año y 85% durante el segundo y tercero.