Incidencias

Cómo puedo pedir la baja por depresión

La depresión ha sido calificada como una de las enfermedades más invisibles que existen. Afecta psicológicamente a las personas, pero al no manifestarse de forma reconocible, muchos piensan que no es tan difícil de tratar como otras.

En España se han detectado más de tres millones de personas que padecen esta enfermedad, siendo más frecuente en mujeres, pero no dejando excluidos a hombres, niños y ancianos. También hay edades en las que sé es más propenso a padecer este tipo de enfermedad y es en el periodo entre los 50 y 64 años. La explicación reside en el hecho de que las personas cuanto más mayores se hacen, tienden a pasar más horas en soledad, lo que puede derivar finalmente en un cuadro depresivo.

Es una enfermedad a la que se le asocia un bajo estado de ánimo, como tristeza, cansancio y una gran tendencia al lloro. 

Sin embargo, la depresión no aparece de la noche a la mañana, es decir, existen una serie de factores que son favorecedores de este cuadro clínico. La depresión puede aparecer por un trauma infantil, por otras enfermedades que dan lugar al desarrollo de esta otra o por momentos caracterizados que dan lugar a cambios bruscos.

¿Qué es la baja por depresión?

Cuando una persona se somete a una operación, tiene un accidente de tráfico o padece un virus, puede demandar a su médico una baja laboral. En función de la problemática y de la valoración que haga este sobre la situación del paciente, la baja tendrá una mayor o menor duración.

Con la depresión ocurre lo mismo, se trata de una enfermedad que solo en España afecta a casi tres millones de personas. Sin embargo, existen muchos problemas a la hora de diagnosticar esta enfermedad y dar la baja laboral. El principal problema reside en que no es algo que pueda verse a simple vista o que presente síntomas muy evidentes y reconocibles, como podría ser la tos en una gripe.

La baja por depresión es una modalidad de baja laboral, que, como todas, a través de ella se reconoce que el trabajador está temporalmente incapacitado para desarrollar su actividad de forma normal.

Esta incapacidad debe estar acreditada a través de un parte médico y es el resultado de una incapacidad de tipo psicológica condicionada por el estrés, la ansiedad, problemas personales o laborales. En cualquiera de los casos, con esta baja se quiere proteger la salud del individuo y que poco a poco se vaya recuperando. 

Probablemente, este tipo de baja, tendrá una duración mayor que la que sea motivada por un simple catarro. Será necesario seguir un proceso de recuperación y también se llevará a cabo un seguimiento a lo largo del tiempo.

¿Cuáles son los síntomas de la depresión?

La depresión está relacionada principalmente con un estado de ánimo alicaído. Una persona con depresión no podrá responder de forma “normal” ante determinadas situaciones. Los síntomas más habituales en una depresión son: tristeza, torpeza, indecisión, ansiedad, apatía, cansancio, desmotivación e irritabilidad.

El principal problema de esta enfermedad radica en que si no se le pone una solución en el momento en que es detectada, el trabajador no solo sufrirá a la hora de hacer su trabajo, sino que inconscientemente no podrá realizarlo bien y se empezará a equivocar de forma reiterada.

Sin embargo, hay en algunos casos que esta enfermedad se vuelve crónica y grave, lo que podría traducirse en que el trabajador pudiera ser incapacitado permanentemente. Es decir, para que un trabajador sea incapacitado permanentemente, la doctrina exige que su situación pueda afectar a su propia seguridad o a la de sus compañeros. 

¿Cómo pedir la baja por depresión?

Para pedir una baja por depresión es necesario demostrar que se padece esta enfermedad y que por lo tanto se está incapacitado para cubrir adecuadamente las necesidades que requiere el puesto de trabajo.

Para que el trabajador tenga acceso a esa baja por depresión debe cumplir una serie de requisitos:

  • Estar dado de alta en la Seguridad Social y en el caso de los trabajadores autónomos estar al día con los pagos que procedan.
  • Si se trata de una baja por contingencia común, el trabajador debe acreditar una cotización previa de 180 días en los 5 años anteriores al vigente.
  • Si se trata de una baja laboral por una contingencia profesional, no se requiere ningún tiempo de cotización previa.

La solicitud de baja laboral deberá estar firmada por el interesado y tiene que incluir:

  • Partes médicos reseñados.
  • Justificantes de pago de las cotizaciones de los tres últimos meses.
  • Fotocopia compulsada del DNI.
  • Una declaración de la situación, en el caso de los autónomos.

Una vez se cumplen los requisitos, todos los informes médicos y de la baja aprobada, deben presentarse en la empresa en un periodo máximo de tres días desde su aprobación. En caso de que se trabaje por cuenta propia, los partes deberán presentarse en la mutua que se encargue de este tipo de gestiones. Pero para estos trabajadores es muy difícil que les aprueben esta modalidad de baja y se les recomienda que tengan un abogado que se lo gestione.

Cuánto puede durar la baja por depresión

Según recoge la legislación española, un trabajador podrá permanecer como máximo 12 meses con una baja laboral por depresión. Sin embargo, en caso de que el médico de cabecera notificase que ese trabajador necesita ampliar este periodo, sería posible una ampliación extraordinaria de 6 meses más.

Tras este plazo, el trabajador no tendría que presentar ningún tipo de problema para reincorporarse a su puesto de trabajo. Sin embargo, hay en ocasiones en las que las personas afectadas por esta enfermedad no se han recuperado, en ese caso, el Tribunal Médico realizaría una evaluación del paciente, y determinaría si el trabajador necesita una incapacidad laboral temporal o permanente.

Despido estando de baja por depresión ¿Es posible?

El ordenamiento jurídico vigente es bastante contrario a los despidos durante periodos de baja. Sin embargo, esto no implica que bajo ningún concepto se pueda despedir a un trabajador cuando está de baja.

Ante esta situación pueden darse dos circunstancias:

  • Ejecución de un despido como tal:

En el periodo en el que un trabajador está de baja existen ciertos derechos que dificultan el despido. Sin embargo, es posible proceder a él, en caso de que la empresa demuestre que se ejecuta por causas disciplinarias u objetivas. El argumento al que más se recurre como demostración de que es necesario prescindir de ese trabajador, son las circunstancias económicas, técnicas o de producción. En un caso distinto a estos, el procedimiento al despido del trabajador será considerado improcedente o nulo.

Se considerará nulo cuando resulte ser discriminatorio, en este caso el empresario tendrá que readmitir al trabajador y pagarle los salarios de tramitación. En el caso contrario, será calificado como improcedente y el empresario deberá readmitir al trabajador o bien indemnizarle con 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. 

  • La no renovación de contrato:

El empresario tiene derecho a que si su trabajador está de baja y le corresponde en esas fechas una renovación de contrato, pueda no hacerlo. En estos casos el trabajador continuará cobrando una prestación por incapacidad temporal.

Inspección médica por baja laboral por depresión

La inspección médica es un proceso a través del cual se realiza un reconocimiento y continuado control. De esta forma lo que se consigue es comprobar si el trabajador va evolucionando mejorándose o por el contrario sigue igual o peor, y hay que tomar otras medidas.

La inspección médica es muy importante porque en ella se determina si el trabajador puede volver a su puesto de trabajo o si por el contrario necesita continuar con esa incapacitación.

Funciones principales que deben efectuarse en una inspección médica:

  • Declaración de una necesidad de baja laboral.
  • Declaración de alta por curación.
  • Emisión de informes médicos y de control de la persona incapacitada.
  • Reconocimiento de prestación económica.
  • Determinación del tipo de contingencia.
  • Elección y seguimiento del tratamiento recomendado.
  • Denegación de la prestación económica.
  • Modificación del grado de incapacidad.