Contratos

Concatenación de contratos: todo sobre la sucesión de contratos temporales

La concatenación de contratos temporales es realmente una figura que se ha vuelto muy común en los últimos tiempos. Pero, ¿qué es lo que realmente significa? Se trata sencillamente de una situación en la que el trabajador encadena varios contratos temporales, en lugar de mantener uno por tiempo indefinido. Sin embargo, el hecho de que esta práctica se haya vuelto habitual en las empresas del mundo no significa que siempre contemple la ley.  A continuación, se analizarán en detalle las condiciones que deben cumplir este tipo de contratos.

¿Qué es el encadenamiento de contratos temporales?

El encadenamiento de contratos temporales es una práctica que muchas empresas del mundo han decidido adoptar en la actualidad. En lugar de ofrecer a sus empleados un contrato definido, optan por establecer contratos temporales, con fecha de finalización. Después de que uno de estos contratos finaliza, se gestiona uno nuevo. Para la empresa, esta metodología de gestión se traduce en una importante ventaja económica.

¿Es legal la concatenación de contratos?

La concatenación de contratos temporales es una práctica legal. Sin embargo, la reforma laboral de 2021 ha establecido ciertas variaciones con respecto a las condiciones de este tipo de contratos. Desde el pasado año, y a causa de la reforma laboral, ya ningún trabajador podrá ser contratado por una o varias empresas, para el mismo o diversos puestos de trabajo, durante más de 18 meses en un periodo de 2 años.

En caso de que se supere ese límite de tiempo, el trabajador podrá gozar de un tipo de contrato a tiempo indefinido. Además, si no se cumple al pie de la letra lo establecido por la ley, la empresa podrá ser sancionada. Esta nueva condición, entre otras cosas, propone asegurar que un puesto de trabajo no sea ocupado por trabajadores con contratos temporales por un tiempo mayor a 18 meses.

¿Es necesario un tiempo de espera entre contratos eventuales?

Muchas empresas suelen establecer un mínimo de tiempo definido para volver a gestionar un contrato temporal con un trabajador. Por lo general, este tiempo suele ser de seis meses. Lo cierto es que no hay ninguna ley o artículo que establezca que se debe esperar determinado tiempo para volver a ser contratado bajo este régimen. Ahora bien, desde el punto de vista fiscal este hecho puede generar inconvenientes al trabajador, aunque no así a la empresa.

¿Cuántos contratos temporales se pueden hacer antes del indefinido?

La nueva reforma laboral dispone que el tiempo establecido para mantener un régimen de encadenamiento de contratos temporales es de 18 meses en un periodo de 2 años. Antes de la reforma, los trabajadores podían mantener un empleo bajo estas condiciones durante un máximo de 24 meses en un periodo de 2 años y medio. Se trata de una reestructuración legal que busca no solo el beneficio del trabajador, sino también el de la empresa.

Ejemplos de encadenamiento de contratos temporales

Existen muchos casos en los que un trabajador puede ser contratado bajo la modalidad de encadenamiento de contratos temporales. Un ejemplo sería el caso en el que un empleado sea contratado por 12 meses para un puesto de trabajo, y luego se contrate durante 14 meses para llevar a cabo otro tipo de tareas. Teniendo en cuenta los tiempos y la nueva reforma legal, este vínculo laboral se convertiría en indefinido.

Otro ejemplo sería el caso en que un empleado sea contratado mediante contrato de relevo durante un periodo de 12 meses con el fin de sustituir a un trabajador que planea jubilarse. A continuación, el mismo trabajador es contratado bajo término de contrato eventual durante 6 meses. Al finalizar este contrato, el trabajador es contratado bajo contrato de obra por otros 10 meses, En este caso, y como el contrato de relevo no se tiene en cuenta, el trabajador no llegaría a alcanzar los 18 meses de contratación temporal en un periodo de 2 años.

¿Cuánto tiempo puedes estar con contrato temporal?

Un trabajador puede estar con contrato temporal hasta que alcance el límite de tiempo establecido para que el vínculo laboral sea considerado como indefinido. En un periodo máximo de 2 años, el empleado puede mantenerse no más de 18 meses trabajando bajo régimen de contratos temporales. La duración de cada contrato temporal puede variar según sean los acuerdos y requerimientos de las partes.

En cuanto a las características de estos contratos, cabe aclarar que el trabajador puede ocupar un único puesto de trabajo en la concatenación de contratos temporales, o bien variar entre distintos roles y puestos. Así mismo, el empleado podrá realizar su labor bajo este régimen en una o varias empresas. Después de pasar los 18 meses desempeñando tareas bajo este régimen, en un período de tiempo de 2 años, el empleado podrá gozar de una contratación por tiempo indefinido.

¿Se puede firmar contrato de aprendizaje 2 veces?

En primer lugar, es necesario definir a qué se hace referencia cuando se habla de contrato de aprendizaje. Se trata en la práctica de un contrato que tiene como fin el hecho de que el trabajador obtenga una cualificación profesional por parte de la empresa de la que es parte. Esto con lleva a que el empleado puede recibir certificados de profesionalidad o títulos de formación profesional, lo que implica también una retribución salarial.

Este tipo de contratos tienen como objetivo el hecho de que el trabajador pueda dotarse de conocimientos de los que no dispone, para cumplir mejor su función dentro del sector laboral. Es importante destacar que un contrato de estas características y con una duración mayor a 12 meses, implica que el empleado no podrá ser contratado nuevamente bajo este régimen, a menos que se trate de un contrato de formación para una nueva cualificación profesional.

El Estatuto de los trabajadores establece que la duración de este tipo de contratos debe ser de:

  • Mínimo: 1 año.
  • Máximo: 3 años.

Por otra parte, se debe tener en cuenta que el convenio colectivo puede establecer la duración de estos contratos según sean los requerimientos y necesidades organizativas de las distintas empresas. Aun así, la duración mínima de este tipo de contratos no podrá ser menor a 6 meses, mientras que la duración máxima no podrá superar los 3 años.