¿Qué es la conciliación familiar?
Cada día más las empresas han entendido la necesidad de lograr que la vida laboral y familiar de sus trabajadores sea compatible. Además, la legislación ha venido desarrollando normativas que favorecen la inserción e igualdad de la mujer en el campo laboral.
Con la conciliación familiar se busca romper con los estereotipos de género donde se infiere que la mujer tiene mayor responsabilidad en el cuidado de la familia y el hogar. Igualmente, se busca que el trabajador puede adaptar su jornada laboral a sus necesidades familiares y personales.
Por tanto, la conciliación familiar se puede entender como la búsqueda del equilibrio entre la vida laboral y familiar de los trabajadores. De esta forma, se logra que se sientan bien en su puesto de trabajo y por tanto sean mucho más productivos y eficientes.
Tanto el trabajador como la empresa reciben beneficios cuando se lograr una conciliación familiar armoniosa. Por su parte, los trabajadores tienen una mejor calidad de vida y es posible fomentar la igualdad de género mediante la distribución de responsabilidades familiares en la pareja.
Para la empresa esto se puede expresar en un menor absentismo laboral debido a inconvenientes familiares. Asimismo, los trabajadores que han logrado una buena conciliación familiar suelen ser mucho más productivos y con estas políticas se logra atraer y retener el talento humano.
Ley de conciliación familiar: Lo que debes saber
La Ley de Conciliación Familiar está recogida en la legislación española en el Decreto 39/1999 y surge en apoyo al nuevo modo de relaciones entre hombres y mujeres. Por tanto, se busca que el reparto de las responsabilidades familiares y laborales sea más armónico sin importar el género.
Es importante que el trabajador conozca los derechos que le han sido otorgados mediante esta Ley. Entre los aspectos más importantes a destacar, están:
Normativa asociada a la conciliación familiar
1. El Estatuto de los Trabajadores en el artículo 34 de la sección 5 del Capítulo II hace referencia al derecho de los trabajadores a adaptar su jornada laboral para conciliar la vida familiar y laboral.
2. La Ley 39/1999 está referida especialmente a la conciliación familiar y se enfoca en los distintos permisos, excedencias y adaptación de jornadas a las que se tiene derecho.
3. En el Real Decreto Ley 3/2012, se hacen reformas que buscan mejorar las condiciones de la conciliación familiar.
4. El Real Decreto Ley 6/2019 legisla sobre la igualdad en el trato que deben recibir mujeres y hombres en cuanto a la ocupación y el empleo.
En la Ley de Conciliación Familiar se contemplan una serie de permisos retributivos y no retributivos, así como la flexibilización de la jornada laboral:
Permiso por lactancia
- El artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores establece que los trabajadores tienen derecho a ausentarse durante una hora de su jornada laboral hasta los 9 meses del niño.
- Este permiso de lactancia es válido tanto por nacimiento como por acogida o adopción y puede ser dividido en dos fracciones durante el día.
- Cuando se trate de nacimientos o adopciones múltiples, la duración del permiso aumenta de manera proporcional.
- El trabajador puede utilizar este permiso para reducir su jornada laboral o disfrutarlo en jornadas completas, según lo establecido en el contrato colectivo.
- Se establece que las mujeres con hijos en período de lactancia no puede realizar trabajos nocturnos, hacer horas extraordinarias ni trabajos físicos muy exigentes.
Permiso por maternidad
- Se establece que la madre tiene derecho a un permiso con el 100% de su salario hasta 16 semanas luego del parto, acogida así como adopción temporal o definitiva.
- La madre debe disfrutar de 6 semanas seguidas a partir de esta fecha y las 10 posteriores pueden ser repartidas entre el padre y la madre o disfrutado por solo por uno de los dos.
- Cuando se trata de partos o adopciones múltiples, se agregan dos semanas extra más por cada hijo.
- Para gozar de este derecho, la madre trabajadora mayor a los 26 años debe haber cotizado a la Seguridad Social 180 días los 7 años anteriores al nacimiento o adopción. Si no es así, al menos 360 días durante su vida laboral.
- Si tiene entre 21 hasta 26 años, el período de cotización es de 90 días en los 7 años anteriores al parto o adopción o 180 días en su vida laboral. Las madres menores de 21 años no requieren ningún período de cotización.
- En caso de no cumplir los requisitos para optar al permiso de maternidad, se puede solicitar un subsidio que no es contributivo. No obstante, este subsidio no es otorgado en caso de adopción o acogida.
Permiso por paternidad
- Corresponde a un permiso que se otorga al padre con motivo del nacimiento, adopción o acogida de un hijo. Para el año 2020 se ha ampliado a 12 semanas y a partir del 01 de enero de 2021 es de 16 semanas, a fin de equipararlo con el permiso de maternidad.
- El padre deberá tomar las cuatro primeras semanas ininterrumpidas luego del parto o proceso de adopción/acogida. Posteriormente, se pueden fraccionar en los primeros 12 meses de vida del niño.
- Este permiso por paternidad no es transferible a la madre y si el padre no lo disfruta en el tiempo establecido, lo pierde. Al igual que en el permiso de maternidad, por cada hijo en un nacimiento múltiple se agregan dos semanas de permiso.
- Para los hijos por adopción o acogida, este permiso es aplicable si el niño es menor a los 6 años de edad. Para aquellos entre 6 hasta 18 años, es válido para hijos con discapacidad o circunstancias especiales.
- Los padres que se acojan a este permiso deben haber cotizado al menos 180 días en los 7 años anteriores al nacimiento o proceso de adopción/acogida. También es válido si se ha cotizado 360 días en toda la vida laboral del trabajador.
Modificación de la jornada laboral
A partir del año 2019, los trabajadores tienen derecho a solicitar una adaptación de la jornada laboral para conciliar la vida familiar y laboral. Esto es un cambio con respecto a la legislación anterior, que solo permitía la reducción de la jornada laboral por este concepto.
Hay que tomar en cuenta que el trabajador puede solicitar, más no exigir esta modificación de jornada y la empresa puede negarse. Esto si expone razones que sean válidas para no aprobar esta adaptación de jornada.
Una de las razones para solicitar esta adaptación, son el cuidado de hijos hasta los 12 años de edad. Asimismo, para realizar el cuidado de familiares hasta segundo grado de consanguinidad por distintos motivos.
Con el cambio de la ley, el trabajador no solo puede solicitar una reducción de su jornada laboral, que se veía reflejada en una disminución del salario. En este caso, se puede solicitar un cambio de turno, flexibilidad en el horario y hasta la posibilidad de realizar teletrabajo.
Adaptación del horario por conciliación familiar
Hasta 2019, los trabajadores con hijos menores de 12 años que querían conciliar su horario de trabajo con la actividad laboral, se acogían a la reducción de jornada laboral. En el Estatuto de los trabajadores quedaba establecido que los padres y madres trabajadores, podían reducir el tiempo de trabajo de un octavo a media jornada con la reducción equivalente del salario.
A partir de 2019, la legislación hace énfasis en la adaptación de la jornada laboral por conciliación familiar. El trabajador puede solicitarlo a la empresa y la misma está obligada a negociar para intentar llegar a un acuerdo.
Para solicitar la adaptación del horario por conciliación familiar, se debe tomar en cuenta lo siguiente:
- No hay una regulación clara al respecto de cómo realizar esta solicitud, pero es recomendable hacerlo por escrito. El trabajador puede solicitar cambios de turno, trabajo a distancia o flexibilización horaria.
- La empresa debe abrir el proceso de negociación en un período máximo de 30 días donde puede hacer una contrapropuesta.
- Posteriormente, se comunica por escrito al empleado si se acepta la petición, la misma es rechazada o se realiza una propuesta alternativa.
Principales medidas de conciliación familiar
Cada vez más las empresas entienden la importancia de tener un adecuado plan de conciliación familiar. Esto porque se convierte en un factor que contribuye a la fidelidad y motivación de los trabajadores, además de funcionar como atrayente a talento humano calificado.
Entre algunas de las medidas que se pueden establecer para mejorar la conciliación familiar y lograr un ambiente de trabajo más inclusivo e igualitario, resaltan:
1. Establecer jornadas laborales intensivas durante un período del año o hacer semanas de trabajo comprimidas.
2. Promocionar el teletrabajo al menos una vez a la semana, según las características de cada departamento. Igualmente, se pueden realizar reuniones de trabajo virtuales u otro tipo de actividades a distancia.
3. Permitir el cambio de día o turno entre compañeros de trabajo que cumplan la misma función, según las necesidades particulares de cada uno.
4. Otorgar al menos 24 horas al año que sean remuneradas para que el trabajador pueda realizar gestiones personales. Igualmente, se pueden dar permisos no retributivos por un lapso mayor a lo establecido legalmente.
5. Se puede negociar el reparto de los días de vacaciones a elección del trabajador, siempre que no afecte las actividades de la empresa.
6. Facilitar ayudas en caso de dependencia o discapacidad de familiares que pueden ir desde reducción de la jornada laboral, elección de turnos de trabajo hasta otorgar ayudas económicas.
7. Brindar al padre y la madre los permisos necesarios al momento de realizar gestiones así como asistir a charlas o sesiones informativas en casos de proceso de adopción o acogida.
8. Otorgar beneficios a los trabajadores por antigüedad y edad, como por ejemplo pagas extra a empleados con 25 hasta 35 años dentro de la empresa. En el caso de la edad, se pueden ofrecer más días de vacaciones a los trabajadores por encima de los 60 años.
9. Establecer programas y planes que contribuyan a mejorar el estado de salud del trabajador, tales como programas deportivos. Asimismo, los comedores pueden ofrecer dietas saludables.
10. Contar con un buzón de sugerencias para que los trabajadores opinen sobre las medidas de conciliación propuestas. Igualmente, colocar en un tablón de anuncios visible las medidas de conciliación establecidas por la empresa.
¿Cómo se solicita la conciliación familiar?
Todo va a depender del tipo de medidas al que te quieras acoger, ya que cada uno tiene una normativa particular:
Permiso por lactancia: se debe solicitar por escrito 15 días de volver al puesto de trabajo luego de la baja por maternidad. Se debe indicar el día de inicio y finalización del permiso y dejar constancia si solicitas la lactancia acumulada. La empresa no puede restringir la manera en que disfrutes de este tipo de permiso.
Permisos por maternidad y paternidad: se deben cumplir los requisitos establecidos por la ley para gozar del permiso. Posteriormente, se solicita por escrito a la empresa desde la misma fecha del parto o, en el caso de la madre, hasta cuatro semanas antes. Para procesos de adopción y acogida, a partir de la fecha de la resolución judicial o hasta 4 semanas antes si los padres deben viajar fuera del país.
Adaptación y reducción de la jornada laboral: tal como explicamos anteriormente, se solicita la modificación de la jornada ante la empresa. En tu solicitud es conveniente explicar los motivos de la solicitud. Se espera el proceso de negociación con la empresa en los 30 días hábiles siguientes. La empresa puede aceptar, hacer una contrapropuesta o rechazar la solicitud aunque para esto último debe tener una buena justificación.