¿Cuánto tiempo tengo que trabajar para cobrar el paro?
Cuando una persona que está en capacidad de trabajar y tiene la voluntad de hacerlo, pierde su empleo cuenta con una protección contemplada en la legislación laboral española. Esto corresponde a una prestación económica que se conoce popularmente como el paro.
Para tener el derecho a recibir la prestación por desempleo, la legislación establece que se deben tener al menos 360 días de cotizaciones en los 6 años anteriores a la extinción laboral. No obstante, es importante resaltar que solo se contabilizarán las cotizaciones no usadas para solicitar una prestación por desempleo anterior.
Por tanto, para cobrar el paro debes haber cotizado a la Seguridad Social al menos un año en los últimos 6 años y no haber usado estas cotizaciones. Con relación a los trabajadores que hayan sido afectados por el ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), se considera que las cotizaciones no son válidas para la prestación de desempleo.
Así, si un trabajador no ha cumplido 360 días de cotización antes de ser afectado por un ERTE, los meses en esta condición no se computan para cobrar el paro. En este caso, se puede aplicar a otras ayudas económicas como el subsidio por cotización insuficiente.
Igualmente, el paro puede ser cobrado por emigrantes españoles retornados que tenían 360 cotizaciones los 6 años anteriores a emigrar del país. Esto siempre que no se encuentren recibiendo otra ayuda por desempleo de otro país de la Unión Europea o Suiza.
Por su parte, las personas penadas que han quedado en libertad por cumplimiento de condena o en régimen condicional tienen derecho a la prestación por desempleo. Para esto, deben haber cotizado 360 días en los 6 años anteriores a haber sido privados de libertad.
Dónde puedo pedir la prestación por desempleo
La solicitud de la prestación por desempleo se considera un trámite personal, pero cuentas con diferentes vías para hacerlo:
1. Vía electrónica: puedes acudir al portal del Servicio Público del Empleo Estatal (SEPE) y hacer directamente la solicitud. Para esto, necesitas contar con un certificado digital, el DNI electrónico o un usuario y contraseña a través del sistema cl@ve.
2. En la oficina del SEPE: en este caso se debe solicitar previamente una cita vía telefónica o por internet a la oficina de prestaciones más cercana a tu domicilio. La solicitud se formula de manera personal o mediante un representante legal que acuda a las oficinas el día de la cita.
3. En oficinas de registro público: según la legislación también puedes formular tu solicitud de prestación de desempleo en oficinas de registro de la Administración General del Estado o de la Comunidad Autónoma.
4. Por correo administrativo: tu solicitud se puede consignar en oficinas de correo así como oficinas consulares o representaciones diplomáticas de España en el extranjero. Posteriormente, la misma es enviada a los entes administrativos correspondientes.
¿Hay que pedir cita previa para solicitar la prestación por desempleo?
La cita previa para solicitar el paro es necesaria cuando quieres acudir personalmente a la oficina de SEPE correspondiente. En este caso, la cita se puede solicitar por vía telefónica a un número general o números particulares de cada localidad así como por vía electrónica.
Cuando se hace la solicitud de previa cita por vía electrónica, encontrarás las siguientes modalidades:
Cuando no se tiene firma electrónica en el SEPE: en este caso se te envía a un enlace donde debes cumplimentar un formulario. Se te solicita el número de DNI o NIE y se accede al formulario que se envía de manera electrónica. Posteriormente, la oficina te contacta vía telefónica o electrónica si requiere otra documentación o información y se asigna el día de la cita.
Con firma electrónica en el SEPE: en este caso tienes la ventaja de que presentas la solicitud directamente y no necesitas acudir a las oficinas.
Tanto cuando haces la solicitud de cita previa vía electrónica como telefónica, te preguntarán el código postal de tu residencia. Esto con la finalidad de asignarte la oficina del SEPE más cercana a tu domicilio.
Otro punto a considerar, es que si necesitas cambiar o suspender la cita para hacer tu solicitud, solo es posible hacerlo vía electrónica. Además, si no hay citas disponibles en el período que corresponde, el sistema considera que la misma se realizó el día en que se tramitó la cita.
Plazo para arreglar los papeles del paro tras el despido
Una vez que el trabajador ha perdido su empleo de manera involuntaria, tal como un despido cuenta con un plazo para solicitar la prestación por desempleo. Se contempla que sea en los 15 días hábiles siguientes a su última cotización de la seguridad social.
No obstante, esto puede variar por algunas condiciones que pueden alargar los plazos para hacer la solicitud. Por ejemplo, si cuando ocurre la extinción laboral quedaban vacaciones sin pagar, el plazo empieza a correr a partir del último día de vacaciones cotizados.
Para los emigrantes retornados o personas puestas en libertad, el plazo es de 15 días hábiles luego de haber retornado al país o ser excarcelado. Cuando se presenta una reclamación contra la decisión de extinción laboral, se tiene un nuevo plazo de 15 días hábiles luego de la resolución judicial.
¿Cuándo se cobra la prestación por desempleo?
Una vez que te ha sido aprobada la prestación por desempleo, el SEPE realizará los pagos en mensualidades de 30 días. Esto se hace entre el 10 al 15 del mes siguiente a los 30 días correspondientes.
Este abono se realizará a la cuenta de la entidad bancaria que la persona indicó al momento de realizar los trámites del paro. Para esto, la persona que va a recibir el beneficio debe ser titular de la misma.
Diferencias entre prestación contributiva y subsidio por desempleo
Cuando se habla de prestación contributiva, está referido al derecho que tiene un trabajador a recibir una prestación económica por desempleo. Esto cuando cumple con el requisito de los 360 días cotizados en los últimos 6 años anteriores a la extinción laboral.
La prestación contributiva se recibe en función de lo que el trabajador haya cotizado a la Seguridad Social. Por tanto, mientras más tiempo y mayor cantidad haya cotizado, su prestación por desempleo será mayor y por un período de tiempo más largo.
En el caso de los subsidios por desempleo, se refiere a ayudas asistenciales que se otorgan por condición de desempleo. Para esto las personas deben cumplir ciertos requisitos, además de no contar con rentas u otro tipo de ingresos.
A diferencia de las prestaciones contributivas, el monto del subsidio por desempleo no depende de lo cotizado por el trabajador. Este monto es fijado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social anualmente.
Básicamente existen tres tipos de subsidio por desempleo que un trabajador puede solicitar, según su condición:
1. Subsidio por cotización insuficiente: este subsidio se otorga a las personas que habían cotizado menos de 360 días antes de la extinción laboral. No obstante, deben tener al menos 180 días cotizados o 90 días cuando tienen responsabilidades familiares.
2. Subsidio extraordinario por desempleo: está diseñado para personas que hayan agotado los otros subsidios por desempleo existentes. Igualmente, lo pueden solicitar personas en paro que ya no tengan derecho a la prestación contributiva. Este subsidio tiene una duración máxima de seis meses.
3. Subsidio para mayores de 52 años: pueden optar a este las personas desempleadas que cumplen con los requisitos para la jubilación, menos la edad. Su duración es hasta que la persona encuentre empleo, pida la jubilación adelantada si cumple los requisitos o llegue a la edad de jubilación.
Cómo pedir la prestación por desempleo
Si cumples con los requisitos establecidos por la legislación laboral, para tener derecho al paro, es importante conocer los pasos a seguir para solicitarlo:
1. Debes estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE y obtener la tarjeta de demandante de empleo (DARDE). Esto se puede hacer de manera presencial o vía electrónica, según la Comunidad Autónoma correspondiente.
2. Tomar en cuenta el plazo correspondiente para presentar la solicitud, que normalmente es 15 días hábiles luego de la última cotización. Se puede hacer posterior a este día, pero se descuenta un día de cotización por cada uno de atraso.
3. Reúne toda la documentación necesaria para hacer la solicitud que es básicamente:
- DNI o NIE del trabajador así como de los hijos o hijas dependientes.
- Documento bancario donde figuren los datos de la cuenta donde el trabajador es titular
- Libro de familia o equivalente para personas extranjeras.
- Certificado de la empresa donde se ha trabajado en los últimos seis meses y no se haya enviado al SEPE.
- Otra documentación para casos particulares a consultar en el portal electrónico del SEPE
4. Rellenar el modelo de solicitud de prestación contributiva que encontrarás en el portal electrónico del SEPE.
5. Si lo vas a hacer de forma presencial, solicitar la previa cita en las oficinas del SEPE de forma telefónica o electrónica.
6. Presentar tu solicitud con los documentos necesarios ante la oficina del SEPE donde has sido citado, vía electrónica, correo administrativo o registros públicos.
7. Esperar la resolución del SEPE que debe otorgarse a los 15 días luego de presentar la solicitud y comunicarse al trabajador en los 10 días siguientes a la resolución. Si no se ha recibido respuesta en tres meses, se asume que ha sido denegada.
8. Si la solicitud ha sido denegada, se tiene un plazo de 30 días luego de recibida la notificación para hacer una reclamación. Igualmente, puedes presentar un reclamo luego de tres meses sin recibir respuesta por parte del SEPE.