¿Se puede pedir una incapacidad sin estar trabajando?
La incapacidad se puede solicitar cuando un trabajador pierde sus plenas facultades para desempeñar las funciones laborales que corresponden. Esta puede ser temporal, si la circunstancia es pasajera, o permanente en los casos en los que los profesionales quedan impedidos de manera indefinida.
Se trata de un recurso ideado para que las personas que han tenido un accidente o sufren una enfermedad que resulta limitante para trabajar tengan la posibilidad de retirarse del mercado laboral y dispongan de los medios necesarios para vivir.
Una duda que puede surgir al respecto es, ¿se puede pedir una incapacidad si no se está trabajando en ese momento? Para resolver esta y otras cuestiones relacionadas con este tema hemos recogido toda la información y la expondremos a lo largo de este artículo.
Requisitos para solicitar una incapacidad
Lo primero que debes saber es que existen diferentes tipos de incapacidades y cada cual tiene sus propios requisitos.
Estos son los requisitos para solicitar la incapacidad permanente parcial:
- Personas que no están en edad de jubilación.
- Estar dado de alta en la Seguridad Social.
- No hace falta que conste una cotización previa cuando la razón de la incapacidad deriva de una enfermedad profesional o un accidente.
- En los casos en los que se debe a una enfermedad común, es necesario acreditar 1.800 días cotizados.
- Las personas que tienen menos de 21 años de edad tendrán que demostrar que han trabajado la mitad de los días de su vida desde el cumplimiento de los 16 años hasta la fecha de la incapacidad temporal.
- Los trabajadores que tienen un contrato a tiempo parcial deberán calcular el coeficiente global de parcialidad para conocer si son aptos para recibir la prestación.
Si la lesión o la enfermedad impide volver a ejercer la profesional habitual de forma permanente se debe solicitar una incapacidad permanente total. Los requisitos van a ser los siguientes:
- Personas que no están en edad de jubilación.
- Estar de alta en la Seguridad Social.
- En caso de padecer una enfermedad profesional o haber tenido un accidente del tipo que sea, no será preciso acreditar cotización previa.
- En los casos de enfermedad ordinaria: las personas con menos de 31 años de edad tendrán que haber cotizado un tercio del tiempo desde que se cumplieron los 16 años hasta el momento de la enfermedad que da lugar a la incapacidad; los mayores de 31 años deben tener cotizados 5 años como mínimo.
- A los trabajadores a tiempo parcial se les va a aplicar el coeficiente global de parcialidad para comprobar si son aptos para este tipo de prestaciones.
Requisitos para obtener la incapacidad permanente absoluta
A diferencia de otras modalidades de incapacidad, la incapacidad permanente absoluta se otorga cuando el trabajador ha quedado impedido para realizar cualquier tipo de trabajo y no solo el perteneciente a su profesión.
Los requisitos para obtener la incapacidad permanente absoluta son los siguientes:
- No haber alcanzado la edad de jubilación estipulada por ley.
- Estar dado de alta en la Seguridad Social.
- Si se trata de una enfermedad profesional o se ha tenido un accidente de cualquier tipo no se exigirá una cotización previa concreta.
- Cuando la causa de la invalidez es una enfermedad común dependerá de la edad del solicitante.
- Los empleados a tiempo parcial deben aplicar al coeficiente global de parcialidad para considerar si son aptos para dicha prestación.
- En los casos de las personas que no están de alta en la Seguridad Social van a tener de certificar una cotización previa.
¿Se puede solicitar una incapacidad sin estar trabajando?
Todos estos requisitos para obtener una incapacidad aluden a las altas en la Seguridad Social y los años de cotización, por tanto, ¿se puede solicitar cuando la persona no está activa en el ámbito laboral en el momento de la enfermedad o accidente? Lo cierto es que sí, la ley contempla esta excepción.
Este condicionante viene recogido y especificado en el artículo 195 de la Ley General de la Seguridad Social que cita que no es requisito indispensable encontrarse en un puesto de trabajo para “las pensiones de incapacidad permanente en los grados de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez”.
Solo van a poder acogerse a ello las personas que no están habilitadas para trabajar en ningún ámbito, pues esto únicamente contempla las incapacidades permanentes absolutas o de gran invalidez.
¿Cuántos años tienes que tener cotizados para una incapacidad permanente?
Los requisitos en cuestión de cotización para las personas que desean solicitar una incapacidad permanente absoluta van a ser los siguientes:
- Si se tiene la edad de jubilación, pero no se dispone del derecho a cobrar la jubilación, se deben acreditar menos de 15 años cotizados (en los últimos 15 años) para poder optar a la prestación. Se trata de la única excepción para el colectivo de esta edad.
- Para las enfermedades laborales o los accidentes de cualquier tipo no es necesario tener una cotización previa.
- Para los casos en los que el foco es una enfermedad común:las personas con menos de 31 años de edad tendrán que demostrar una cotización de un tercio del tiempo entre los 16 años y la fecha de la enfermedad o accidente; los mayores de 31 años tendrán que haber cotizado al menos 5 años (por lo menos un cuarto del tiempo desde los 20 años y la fecha del problema de salud), a su vez, la quinta parte de ese periodo de cotización tiene que verse reflejada en los 10 años anteriores.
Pasos a seguir para solicitar una incapacidad permanente
Una vez se ha comprobado que se cuenta con todos los requisitos, se debe reunir la documentación necesaria para demostrar que el perfil es apto para recibir la incapacidad permanente. Para ello se han de entregar documentos de índole personal como el DNI y el historial clínico que argumente el motivo de la incapacidad, también documentos laborales que expliquen la situación del solicitante.
Esta aportación debe ir acompañada del formulario de incapacidad permanente y se debe entregar en un centro de atención del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Si se dispone de un certificado digital o electrónico viable, se puede hacer en formato remoto. Cuando las autoridades encargadas reciban esta solicitud, empezará el proceso de expediente de la incapacidad.